Cómo Pedir la Bonificación del IBI por Tener Placas Solares

Sep 1, 2026 | NOTAS DE PRENSA

Cómo Pedir la Bonificación del IBI por Tener Placas Solares

Si tienes placas solares en tu vivienda, es muy probable que tu ayuntamiento te bonifique parte del recibo del IBI, pero casi nunca se aplica sola: hay que solicitarla. En Almería, la bonificación ronda el 25% durante un máximo de 3 años, aunque cada municipio fija su propio porcentaje y plazo. Te explicamos qué papeles necesitas y cuándo presentarlos para no perder esta ayuda.

¿Por qué tengo que pedirla si ya tengo las placas instaladas?

A diferencia de otros impuestos que se recalculan automáticamente, la bonificación del IBI por energía solar depende de una ordenanza municipal que exige una solicitud expresa del propietario. El ayuntamiento no cruza de oficio los datos de tu instalación de autoconsumo solar en Almería con el recibo del IBI, así que si no presentas la documentación, sigues pagando el recibo completo aunque cumplas todos los requisitos.

Esto genera una situación habitual: familias que llevan dos o tres años con placas solares y nunca han solicitado la bonificación, simplemente porque nadie les avisó de que había que pedirla.

“Nos encontramos con clientes que llevan tiempo con la instalación funcionando y no saben que podían haber ahorrado varios cientos de euros en el IBI. Es de los trámites más sencillos y más olvidados.” — Carboneras Electricidad

 

 

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¿Cuánto se bonifica y durante cuánto tiempo?

El porcentaje y la duración dependen exclusivamente de la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento, así que no hay una cifra única para toda España ni siquiera dentro de la provincia de Almería:

  1. En Almería capital, la ordenanza fija una bonificación del 25% durante un máximo de 3 años desde el período impositivo siguiente a la puesta en funcionamiento.
  2. Otros municipios españoles llegan a bonificar entre el 50% y el 90%, algunos incluso durante 5 años, dependiendo de cómo quiera su ayuntamiento incentivar la instalación de renovables.
  3. Algunos municipios limitan la bonificación a un importe máximo anual, independientemente del porcentaje que apliquen.

Antes de dar por hecho cualquier cifra, conviene consultar la ordenanza fiscal concreta de tu municipio, porque estos porcentajes se revisan y pueden cambiar de un ejercicio a otro.

Caso real — Vivienda en Huércal de Almería: una familia con una instalación de 4,2 kWp solicitó la bonificación del 25% en 2025 y consiguió que su recibo de IBI bajara de 420 € a 315 € al año durante tres ejercicios consecutivos, un ahorro acumulado de 315 € que no habían tenido en cuenta al calcular la rentabilidad de su instalación.

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¿Qué documentación necesito presentar?

La documentación exigida varía ligeramente entre ayuntamientos, pero en la mayoría de casos de Almería se pide:

  • El certificado de instalador autorizado o certificado de instalación.
  • El boletín eléctrico (Certificado de Instalación Eléctrica, CIE) que acredita que la instalación cumple la normativa.
  • La memoria técnica de la instalación fotovoltaica.
  • El registro de la instalación ante el organismo autonómico correspondiente, si el ayuntamiento lo requiere.

En Carboneras Electricidad entregamos toda esta documentación como parte del proceso de instalación, precisamente para que este trámite no dependa de que el cliente tenga que reunir papeles por su cuenta meses después.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar la bonificación si instalé las placas hace dos años?

Depende del plazo que fije tu ayuntamiento. Muchas ordenanzas solo permiten solicitarla dentro del ejercicio siguiente a la instalación, así que si ha pasado más tiempo, es posible que ya no puedas beneficiarte, aunque conviene consultarlo caso por caso.

¿La bonificación se renueva sola cada año?

No siempre. Algunos ayuntamientos la aplican automáticamente durante todo el periodo aprobado una vez concedida; otros piden renovar la solicitud cada año. Revisa la resolución de concesión para saberlo.

¿Es compatible con la bonificación del ICIO?

Sí, son bonificaciones distintas: el ICIO se paga una sola vez al tramitar la instalación, mientras que la del IBI se aplica de forma anual durante el periodo aprobado. Puedes solicitar ambas sin que sean excluyentes.

¿Qué pasa si vendo la vivienda antes de que acabe el periodo de bonificación?

La bonificación está vinculada al inmueble, no a la persona, así que en principio el nuevo propietario podría seguir beneficiándose del periodo restante, aunque conviene comunicar el cambio de titularidad al ayuntamiento.

Pedir la bonificación del IBI es, de todos los trámites relacionados con tu instalación solar, uno de los que menos esfuerzo exige para el ahorro que representa: normalmente basta con presentar cuatro documentos una sola vez. Si quieres tener una idea completa de cuánto puedes ahorrar sumando esta bonificación al ahorro directo en tu factura eléctrica, nuestra calculadora de ahorro con placas solares te da una cifra orientativa en pocos minutos, antes incluso de dar el paso.