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Las comercializadoras de electricidad en mercado libre
Contratar en mercado libre supone que el consumidor, ya sea una empresa o un particular, puede elegir entre distintas empresas comercializadoras para firmar su contrato de suministro de energía eléctrica.
Al ser mercado libre, se negocian determinadas condiciones del contrato – principalmente el precio de la energía – sin olvidar que existen conceptos como el término de potencia, el alquiler del contador, determinados cargos y peajes, etc., que se regulan por normativa.
Así, una contratación de energía eléctrica en mercado libre significa trasladar al cliente la capacidad de negociar con su comercializadora eléctrica el tipo de tarifa, los precios, las condiciones permanencia u otros servicios añadidos.
Qué es el PVPC
Como alternativa al mercado libre, existe una tarifa eléctrica regulada por normativa conocida como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC).
En esta modalidad, el cliente no tiene capacidad de negociación alguna, sino que contrata el suministro eléctrico con una Comercializadora de Referencia (COR) en una condiciones fijadas en legislación.
Los consumidores con derecho a acogerse a esta tarifa son únicamente aquellos que consuman energía eléctrica conectados en baja tensión y cuya potencia contratada sea igual o inferior a 10 KW.
Cabe destacar que en esta tarifa el precio de la energía cambia cada hora del año y está vinculado al mercado eléctrico. De este modo, el consumidor no tiene forma de conocer el precio que pagará por la energía más de allá del día anterior a su consumo.
Más información en: miteco.gob.es
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Qué es el Bono Social
El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica:
Podrán existir otros casos regulados en normativa. Para obtener la información actualizada en este sentido: miteco.gob.es
Además de tener contratado el PVPC se debe cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta.
Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
El PVPC se contrata con las comercializadoras de referencia.
Estos son los enlaces de las Comercializadoras que representamos a través de Carboneras de Electricidad:
www.chcenergia.es
www.corenergetico.es
Consumidor vulnerable (25% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
Circunstancias especiales
Consumidor vulnerable severo (40% de descuento)
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Consumidor en riesgo de exclusión social
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
Consumidor vulnerable a causa del COVID-19 (25% de descuento)
Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable por COVID-19, a los efectos del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, debe acreditar que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias:
Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:
Estos multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:
Otros beneficios y prohibición de interrupción de suministro
Para la solicitud del bono social deberá cumplimentar toda la documentación necesaria y tramitarla por cualquiera de los siguientes canales:
Teléfono gratuito: 900 814 023
COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGÉTICO
APARTADO DE CORREOS F.D.Nº36000 // 2832094
28020, MADRID